Qué cambia con el Decreto 053 en Murindó
Decreto 053: la Alcaldía de Murindó estableció medidas de control para toda intervención, construcción y ocupación del suelo en el municipio, con el argumento de prevenir riesgos y proteger a la población en un territorio afectado por inundaciones y erosión. La decisión quedó consignada en el Decreto No. 053, fechado el 11 de marzo de 2026.
Según la información oficial, la norma prohíbe la construcción de nuevas edificaciones y asentamientos en zonas declaradas de alto riesgo no mitigable. También veta las urbanizaciones informales, las parcelaciones y la subdivisión de terrenos cuando no cuenten con permiso de la Administración Municipal.
La medida busca, además, hacer cumplir el Esquema de Ordenamiento Territorial. En ese marco, la administración municipal indicó que cualquier obra requiere autorización previa, incluso cuando se trate de una intervención menor. Para esos casos, el interesado debe obtener concepto favorable del Sistema Municipal de Gestión del Riesgo y ajustarse a las reglas urbanísticas vigentes.
Permisos y suspensión de obras
El decreto prevé controles inmediatos sobre las construcciones que avancen sin autorización, que se desarrollen en zonas de alto riesgo o que incumplan las condiciones fijadas por la norma. En esos casos, la Inspección de Policía podrá ordenar la suspensión de las obras con base en la Ley 1801 de 2016, el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Para propietarios, constructores o habitantes que planeen hacer adecuaciones, levantar una edificación o intervenir un lote, la recomendación oficial es acudir primero a la Secretaría de Planeación de Murindó. Allí se brinda orientación sobre permisos, compatibilidad con el ordenamiento territorial y validación del riesgo antes de iniciar cualquier trabajo en el suelo del municipio.
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