18 de agosto del 2026

Gobierno autoriza retiro parcial de cesantías y anticipo de prima a trabajadores afectados por el terremoto

Trabajadores afectados por el sismo podrán tramitar cesantías por terremoto y acordar con su empleador el anticipo de la prima de diciembre.

Cesantías por terremoto: quiénes pueden retirarlas

Las cesantías por terremoto podrán retirarse parcialmente en Colombia por trabajadores afectados por el sismo del 10 de agosto, y además empleadores y empleados podrán acordar el anticipo de la prima de diciembre, según la Circular 0096 del 13 de agosto de 2026 del Ministerio de Trabajo.

De acuerdo con la información oficial citada por el Gobierno nacional, más de 115.000 personas resultaron afectadas de manera directa. El balance incluye 81.506 viviendas averiadas, 14.493 destruidas y el colapso de 66 edificios.

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La cartera laboral explicó que el retiro de cesantías no es libre. Solo puede hacerse por el valor necesario para reparar inmuebles dañados, y el trabajador debe demostrar que los recursos se destinarán a la vivienda afectada.

Para iniciar el trámite, el empleado debe pedir autorización a su empleador y aportar los documentos que acrediten la destinación del dinero. Según la orientación oficial, entre los soportes que suelen exigirse están el certificado de tradición y libertad del inmueble y el contrato o presupuesto de la obra, aunque cada fondo puede pedir requisitos adicionales.

Prima anticipada y otras medidas para trabajadores afectados

La circular también permite que trabajador y empleador concerten el pago anticipado de la prima de servicios correspondiente a diciembre. El Ministerio de Trabajo señaló que esta opción busca dar liquidez a las familias afectadas, pero aclaró que no se trata de un pago obligatorio para las empresas.

Una vez radicada la solicitud completa, el fondo de cesantías o el empleador, según corresponda, debe hacer el pago dentro de los cinco días hábiles siguientes, de acuerdo con el Decreto 1562 de 2019. La recomendación oficial es revisar con cada entidad los canales y documentos específicos del proceso, porque pueden variar entre el Fondo Nacional del Ahorro y las administradoras privadas.

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Entre las 16 orientaciones incluidas en la circular también figuran la posibilidad de solicitar vacaciones anticipadas y la licencia remunerada por calamidad, como medidas para proteger el empleo y los ingresos en medio de la emergencia.

Fuente: MiOriente.

<H2><a href="https://www.antioquiacritica.com/author/daniel-largo/" target="_self">Daniel Largo</a></H2>

Daniel Largo

Soy un sociólogo apasionado por la comprensión de las sociedades modernas; mi enfoque es humanista, y este se ve reflejado en mi compromiso con los derechos humanos. Analizo hechos sociales, especialmente en el ámbito político y electoral.

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