12 de septiembre del 2026

SIC habilita atención prioritaria para damnificados por sismo

La atención prioritaria de la SIC dará respuesta inicial en cinco días hábiles a damnificados inscritos en el RUD.

Atención prioritaria para damnificados por el sismo

Atención prioritaria es la nueva opción que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) habilitó en su Sede Electrónica para las personas afectadas por el sismo del 10 de agosto de 2026 e inscritas en el Registro Único de Damnificados (RUD). Según informó la entidad este 11 de septiembre, las solicitudes hechas por ese canal recibirán una respuesta inicial en un plazo de hasta cinco días hábiles.

Con este mecanismo, la atención se prestará de forma virtual a través de la plataforma oficial de la superintendencia. La entidad indicó que la priorización se concentrará en las solicitudes asociadas con sus trámites administrativos, de modo que las personas afectadas puedan activar su requerimiento sin desplazamientos adicionales y con una respuesta inicial más rápida.

La medida se adopta en el marco del Decreto 1171 del 11 de agosto de 2026, con el que el Gobierno nacional declaró la situación de desastre de carácter nacional. De acuerdo con esa norma, serán consideradas personas damnificadas quienes estén incluidas en el RUD, elaborado por las entidades territoriales y consolidado por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

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La SIC señaló además que esta atención preferente se articula con la Circular 003 del 27 de agosto de 2026, expedida para orientar la protección de los derechos de los consumidores, de los usuarios de servicios de telecomunicaciones y de la libre competencia durante la emergencia derivada del sismo.

Cómo funciona el canal habilitado por la SIC

Las personas afectadas deben ingresar al formulario de PQRSFD disponible en la Sede Electrónica de la entidad, escoger la opción destinada a personas damnificadas y radicar allí su solicitud. La verificación de la inscripción en el RUD será hecha directamente por el equipo de Atención a la Ciudadanía de la SIC, por lo que el usuario no tendrá que adelantar trámites adicionales para acreditar esa condición.

La entidad precisó que el plazo de hasta cinco días hábiles corresponde a una respuesta inicial. Si el trámite o la decisión de fondo requiere más tiempo, la SIC deberá informar al solicitante sobre el estado de su gestión y los tiempos aplicables. Los trámites de denuncias y demandas, añadió la superintendencia, seguirán bajo los plazos ordinarios.

Fuente: SIC – noticias y comunicados.

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