Abecé de los Consejos Municipales de Participación Ciudadana. Funciones, normas y elecciones.
¿Qué son?
Mecanismos autónomos de participación y concertación, vigilancia y control de la gestión pública. Interlocutores de los y las jóvenes en relación con las agendas territoriales de las juventudes ante la institucionalidad pública de cada ente territorial. ( ART 33 )
¿Para qué sirven?
Canalizar los acuerdos de los y las jóvenes sobre las alternativas de solución a las necesidades y problemáticas de sus contextos.
Visibilización de sus potencialidades y propuestas para su desarrollo social, político y cultural ante los gobiernos
territoriales y nacional.
Generar propuestas para su desarrollo social, político y cultural ante los gobiernos territoriales y nacional.
¿Quiénes pueden votar?
Jóvenes entre 14 a 17 años pueden votar con tarjeta de identidad y entre 18 a 28 años pueden votar con cédula o con contraseña para los jóvenes que hayan solicitado la cédula por primera vez.
¿Cómo puedes ser candidato?
Inscribiéndote en una lista presentada por los jóvenes independientes, en una lista presentada por un movimiento o partido político con personería jurídica.
En el caso que hagas parte de los procesos y prácticas organizativas juveniles, son estas las que te deben postular
Presenta ante la respectiva Registraduría tu propuesta de trabajo, que indique los lineamientos que quieres seguir
como Consejero de Juventud.
Calendario
1 de junio: Inicia la inscripción de jóvenes para votar (180 días antes de la elección) e Inicia el período de registro de listas independientes y la solicitud del formulario de recolección de apoyos. (180 días antes de la elección).
28 de julio: Finaliza el período de registro de listas independientes (1 mes antes del cierre del periodo de inscripción de candidatos) e Inicia el periodo de inscripción de candidatos, movimientos, procesos y prácticas organizativas de las juventudes y listas independientes. (4 meses antes de la elección).
29 de julio: Postulación y acreditación del listado de Testigos Electorales (Día hábil siguiente al inicio de la inscripción de candidatos).
28 de agosto: Publicación del Censo Electoral (3 meses antes de la elección), finaliza el período de inscripción de los candidatos de los partidos, movimientos, procesos y practicas organizativas de las juventudes y listas independientes (3 meses antes de la elección).
30 de agosto: Finaliza la inscripción de jóvenes electores para votar e Inicia el período de modificación de candidatos inscritos de candidatos de los partidos, movimientos, procesos y prácticas organizativas de las juventudes y listas independientes.
1 de septiembre: Publicación de los lugares donde se instalarán las mesas de votación. Los Registradores de acuerdo con el alcalde establecerán mediante Resolución,. los lugares en donde se instalarán mesas de votación.
5 de septiembre: Publicación del listado de candidatos inscritos, en lugar visible de sus dependencias y en la página en Internet. (2 días calendario al vencimiento de la modificación).
28 de septiembre: Inician los sorteos y publicación de listas de jurados de votación y la designación de los representantes de las comunidades étnicas, campesinas y víctimas.
















