10 de febrero del 2021

Zaragoza, Antioquia, aumenta su Plan de Acción

La administración con su decreto 009 espera mejorar la vida de la comunidad.

Zaragoza, Antioquia, aumenta su Plan de Acción. La administración con su decreto 009 espera mejorar la vida de la comunidad.

El 31 de enero en el concejo de Zaragoza, y a en relación a que las entidades del Estado, de acuerdo con el ámbito de aplicación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, al Plan de Acción de que trata el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011 la administración decretó:

ARTICULO 1°. Adoptar los planes de qué habla el decreto 612 de 2018 para la administración municipal de Zaragoza para la vigencia 2021.

ARTÍCULO 2º. Integrar estos planes, al Plan de Acción de la vigencia 2021 de qué trata el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011”, los planes institucionales y estratégicos que se relacionan a continuación:

– 1. Plan Institucional de Archivos de la Entidad –PINAR.

– 2. Plan Anual de Adquisiciones.

– 3. Plan Anual de Vacantes.

– 4. Plan de Previsión de Recursos Humanos. –

– 5. Plan Estratégico de Talento Humano.

– 6. Plan Institucional de Formación y Capacitación.

– 7. Plan de Incentivos Institucionales.

– 8. Plan de Trabajo Anual en Seguridad y Salud en el Trabajo.

– 9. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.

– 10. Plan Estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones PETI.

– 11. Plan de Tratamiento de Riesgos de Seguridad y Privacidad de la Información.

– 12. Plan de Seguridad y Privacidad de la Información

Zaragoza, Antioquia, aumenta su Plan de Acción

ARTÍCULO 3º. Adoptar, además, los planes que se relacionan a continuación:

– 1. Plan de Conservación Documental.

– 2. Plan de Preservación Digital.

– 3. Plan de Gasto Público.

– 4. Plan de Mantenimiento de Servicios Tecnológicos. 5. Plan de Participación Ciudadana. 6. Plan de Austeridad y Gestión Ambiental.

ARTÍCULO 4º. Ordenar la publicación de estos dieciocho (18) planes para la vigencia del año fiscal de 2021, en la página web del municipio. Los que habla el artículo 2°, el día de hoy, los otros antes del cinco (5) de febrero de 2021 ARTÍCULO 5º. VIGENCIA: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

<H2><a href="https://www.antioquiacritica.com/author/juliangomez/" target="_self">Julián Gómez Giraldo</a></H2>

Julián Gómez Giraldo

Estudios en Filología Hispánica. Libros: Gospel (2016) y Verset de Bohème (2018)

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