21 de septiembre del 2026

Ministerio deroga circulares laborales y obliga a revisar protocolos

Circulares laborales derogadas por el Ministerio reabren dudas sobre sanciones, contratos y protocolos internos que hoy deben revisarse en empresas.

Circulares laborales derogadas y alcance real de las obligaciones

Las circulares laborales derogadas por el Ministerio del Trabajo con la Resolución 2708 de 2026 obligan a las empresas a revisar protocolos internos que venían usando como guía en procesos disciplinarios, terminaciones de contrato, jornada y relación con sindicatos. De acuerdo con un análisis de Fenalco Antioquia, la decisión dejó sin efecto varias circulares expedidas entre 2025 y 2026 que, en distintos casos, desbordaban el carácter orientador de ese tipo de actos administrativos.

Entre los documentos retirados aparecen lineamientos sobre cuidado y equidad de género, libertad sindical, permisos sindicales, horas extras en vigilancia privada, debido proceso disciplinario, estabilidad laboral reforzada por salud, trabajo en plataformas digitales, pliego único sindical y trabajo doméstico remunerado. También fueron derogadas una circular sobre jornada máxima y pago a destajo y otra sobre autorización de despido de trabajadores con estabilidad reforzada.

Según el análisis gremial, algunas de esas circulares mezclaban recomendaciones con instrucciones que podían asumirse como obligatorias. Otras fijaban sanciones, cargas probatorias o trámites sin respaldo legal expreso; por ejemplo, al prever consecuencias disciplinarias e incluso penales en asuntos sindicales, crear procedimientos para terminar contratos de trabajadores con protección reforzada o sugerir que inspectores impulsaran reconocimientos de relación laboral en plataformas, una competencia que corresponde a los jueces.

Qué deben revisar las empresas tras la depuración

La derogatoria no elimina las obligaciones laborales previstas en la Constitución, la ley, los decretos reglamentarios o la jurisprudencia. Por eso, que haya desaparecido una circular sobre debido proceso no autoriza a omitir garantías en una investigación interna, y que se haya derogado otra sobre estabilidad laboral reforzada no suprime la protección que ya existe para trabajadores con afectaciones de salud.

El cambio práctico está en el valor jurídico de esos lineamientos. Las empresas que hubieran construido políticas, formatos o manuales con base en las circulares ahora derogadas deberían contrastarlos con las fuentes vigentes antes de aplicar sanciones, negar permisos sindicales, liquidar horas extras o terminar contratos. La revisión es especialmente urgente en procesos disciplinarios, estabilidad reforzada, libertad sindical, trabajo doméstico y plataformas digitales.

Fuente: Fenalco Antioquia.

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