Los recuerdos reprimidos, el sufrimiento cosificado y el olvido, tres de los tantos elementos que acompañan la memoria de las víctimas de conflictos armados; memorias que cambiaron sus vidas pero que se pierden en el tenue recuerdo de las experiencias vividas y transmitidas en el “voz a voz”.
La ausencia de mecanismos de participación que dieran voz a los olvidados en el posconflicto, convocó en principio, a procesos ciudadanos que entregaban la palabra a las víctimas y que reflejaron en libros y documentales audiovisuales las historias vividas que nunca se deben borrar de la memoria de la guerra.
Así pues, se populariza en el ámbito académico a mediados de los 80 el concepto de Memoria histórica, un concepto que ha transcendido y se ha convertido en una arista fundamental de los procesos de posconflicto y justicia transicional del siglo XXI, su relevancia, ya ha pasado de un uso casi exclusivo de la academia, a un uso generalizado tanto en el ámbito político y jurídico como en la sociedad civil, pero es un uso enfocado principalmente en aquello que representa como símbolo, y por tanto su contenido y uso para la reivindicación –en cualquiera de sus tipos-. Por tal motivo sumada a una ya vieja discusión sobre su validez conceptual, se presenta actualmente una discusión sobre su uso: voz a los sin voz o herramienta política -manipulación y falsa reivindicación-.
La memoria histórica no trata de abrir heridas, sino de curarlas y cerrarlas para pasar de una vez por todas las páginas más trágicas y convulsas de la historia del conflicto armado
Hablar de memoria histórica siempre ha despertado polémica, pero fueron las condiciones globales internas y externas de los estados las que comenzaron a generar un contexto, en el que se generalizó el uso de este concepto principalmente como herramienta política y que por tanto generó la necesidad de comenzar a abrir la discusión sobre el uso que se le estaba dando a un concepto de por sí discutido pero que ha sido una herramienta que para sus defensores ha rendido frutos en los procesos de justicia transicional, por lo cual se ha convertido en pieza clave de toda la estructura que trae consigo este tipo de justicia y que se materializa en la creación de leyes que obligan a realizar procesos de memoria histórica.
Es claro entonces que su uso, al volverse ley, implica una discusión que abarca no solo lo conceptual por el posible uso engañoso que de este se puede estar dando, sino además y aún más grave porque este uso engañoso del concepto en discusión al volverse por ley una necesidad, también se vuelve una herramienta jurídica de uso político.
Ahora bien, aunque las definiciones de memoria histórica que los principales expertos dan son múltiples y variadas, parece que por lo menos desde la sociedad en general se ha construido una definición que un poco más o un poco menos parece representar a la gran mayoría, desde políticos, ONGs, organizaciones de víctimas, instituciones gubernamentales, y hasta académicos, entre otros, me refiero pues a que su definición enmarca unos aspectos determinantes: el intento de reivindicar a los vencidos en las guerras, de recuperar su memoria reprimida y su honorabilidad, de reequilibrar un relato histórico tergiversado durante demasiado tiempo por el temor de las víctimas a hablar, de búsqueda de una verdad difícil de recomponer y de hacer justicia con las víctimas, que no son sólo aquellos que han muerto en la guerra, sino también los que sobrevivieron y sus descendientes, a quienes se ha transmitido un trauma generacional.
Para ellos, las heridas siguen abiertas y supuran una memoria doliente, por lo que tienen derecho -y así se lo reconoce el derecho internacional de los derechos humanos- a ser escuchados para que tras la cura y la sutura de sus llagas pueda superarse una situación anacrónica que corre el peligro de cronificarse. En este sentido la memoria histórica no trata de abrir heridas, sino de curarlas y cerrarlas para pasar de una vez por todas las páginas más trágicas y convulsas de la historia del conflicto armado que se ha vivido. Y, por supuesto, para tomar lecciones que eviten su repetición en el futuro.
Desde este punto de vista la memoria histórica tiene las funciones claras para ser una herramienta que permita alcanzar verdad, justicia, reparación y no repetición, es decir los elementos claves de una justicia transicional, y aunque cada uno de estos ítems son totalmente loables, y aun cuando claramente las víctimas necesitan una herramienta que les permita tener voz, no se puede permitir que se convierta en una herramienta usada para beneficios políticos, y debe darse de la sociedad civil la lucha permanente por conservarla como un mecanismo de participación y de reivindicación, promovido por iniciativas independientes, pero además como parte de programas y actividades institucionales que la fomenten, y que deben darse a nivel nacional, departamental y municipal, pues tanto la labor independiente, como la labor en nombre del estado, se presentan como necesarias para perdonar y caminar hacía al futuro.