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EDITORIAL Estado de derecho: ¿instituciones vs. políticos?

Recientemente, un Fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia profirió una medida de aseguramiento de detención preventiva en contra del gobernador de Antioquia,

Recientemente, un Fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia profirió una medida de aseguramiento de detención preventiva en contra del gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa. Los hechos por los cuales se lleva a cabo la investigación penal en la que se impuso esta medida, están relacionados con el ejercicio de la Gobernación que el mismo Gaviria Correa ejerció durante el periodo 2004-2007, y fueron penalmente tipificados como un posible acto de “determinador para cometer los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, en concurso homogéneo y heterogéneo con peculado por apropiación en favor de terceros”.

Políticamente y socialmente hablando se trata de posibles hechos de “corrupción”, algo muy grave si se tiene en cuenta que con ello se afecta no sólo el patrimonio del Estado sino, ante todo, la posibilidad de satisfacer necesidades básicas de comunidades, especialmente aquellas que son vulnerables y que demandan la urgente atención de estas necesidades básicas a través de la trasparente y eficaz atención estatal.

Es propio de los Estados de derecho que las altas personalidades del Estado, a nivel nacional y regional, tengan ‘fuero’ a la hora de ser sometidos sus comportamientos relacionados con el ejercicio de sus altos cargos gubernamentales a la investigación por el Poder Judicial. Tal es el caso del gobernador Gaviria Correa, a quien por su condición (en este caso la de exgobernador) el funcionario competente para investigarlo penalmente es, nada más y nada menos, un Fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia, máxima corporación judicial de la jurisdicción ordinaria.

En otras palabras, este fiscal, como la propia Corte ante la cual es delegado, no suelen ser los funcionarios que en primera instancia conocen de los asuntos de los ciudadanos comunes y corrientes. No, a estos, por regla general, la Corte y sus fiscales delegados les resuelven sólo excepcionalmente ciertos asuntos, nunca en primera instancia: sólo aquellos que legalmente son susceptibles del recurso extraordinario de casación, un recurso cuya técnica de formulación exigente lo hace aún menos asequible a los ciudadanos.

Lo anterior significa que el ‘aforamiento’ es una garantía especial, de los aforados, de acceso directo y ordinario, así como privilegiado, al juzgamiento directo por la Corte y sus delegados; esta garantía es especial porque de ella gozan muy pocos, sólo aquellos que ejercen una función pública de un grado importante en el ámbito del funcionamiento poder estatal.

Llama la atención, entonces, que inmediatamente se hace pública la imposición de la medida de detención preventiva en contra del actual gobernador por sus actuaciones como exgobernador, diferentes grupos políticos cercanos a él inician en las redes sociales una serie de sistemáticos actos de acoso y presión políticos en contra del Poder Judicial, representado en el caso por el Fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia que decretó la medida, a través del slogan o hashtag “Todos con Aníbal”, en cuyo marco proliferan desde hace semanas las críticas viscerales en contra de la decisión, a la que no bajan de calificativos como “injusta”, “arbitraria”, “ilegal”, “persecución política”, etc., incluyendo entre los que las profieren al propio gobernador Gaviria.

Salta a la vista que en un Estado de derecho no sólo debe ser posible sino obligatorio investigar todos los comportamientos que la ley establezca que son delictivos, más aún aquellos que tengan relación con posibles actos de corrupción de agentes políticos, a través de los funcionarios que legalmente tienen adscritas las competencias para adelantar estas investigaciones. La sociedad colombiana y especialmente sus dirigentes deben reencauzar esta actitud de enturbiar la acción de la justicia cuando acomete estas investigaciones en las que figuran como posibles responsables algunos de dirigentes de la política, conforme a las competencias constitucionales y legales.

No es un buen camino institucional la actitud de descalificar como no-jurídica una decisión legal del Poder Judicial, relacionada con el derecho de la sociedad a la justicia y la verdad y con el deber del Estado de sancionar a los responsables de cometer delitos, por el hecho de establecer esta como sujeto pasivo de la investigación penal a un dirigente político que ejerció o ejerce funciones públicas de tanta importancia como las de un Gobernador.

Una regla de juego esencial en un Estado de derecho es el respeto que a las instituciones debe brindar la dirigencia política de ese Estado, incluso en aquellos casos en los que sean algunos sujetos de esa dirigencia los destinatarios del accionar institucional, constitucional y legalmente establecido. En un Estado de derecho las personas, por mucho que merezcan nuestro afecto, no pueden superponerse a las instituciones, so pena de acabar con el entramado institucional, de por sí débil en contextos como el colombiano.

Es por ello que le planteamos al Gobernador Aníbal Gaviria Correa, a sus familiares y amigos,  ejerciendo desde luego su derecho a la defensa y su derecho a la presunción de inocencia, no socavar la institucionalidad del Estado de derecho colombiano y permitir el desarrollo, sin presiones ni cuestionamientos extraprocesales, del proceso penal que actualmente lleva a cabo la Fiscalía delegada ante la Corte Suprema de Justicia, como garantía de justicia y verdad, tanto para él como para la sociedad antioqueña y colombiana.

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